jueves, 17 de abril de 2014

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE TUCUMÁN (ARGENTINA) SE PRONUNCIÓ SOBRE LA PRESCRIPTIBILIDAD DE DEUDA ALIMENTARIA (FALLO DE 15.10.2013)

   Interesante fallo dividido de la Corte de Tucumán de fecha 15 de octubre de 2013, en el que la demandante recurre obteniendo en contra de la sentencia de la Excma. Cámara Civil en Familia y Sucesiones, la que previamente acogió de modo parcial un recurso intentado por la demandada declarando la prescripción de ciertas obligaciones alimentarias.

   En breve síntesis, al análisis versa sobre la aplicabilidad del plazo quinquenal (aplicable a las “pensiones alimenticias”, como allí se indica) o bien, del plazo decenal (acaso deben entenderse el plazo que le corresponde a las obligaciones emanadas de sentencia judicial) en relación con el caso en estudio, aduciéndose argumentaciones de evidente interés.


   VER TEXTO ÍNTEGRO DEL FALLO

Fuente: Actualidad Jurídica de Argentina


No hay comentarios:

Publicar un comentario